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1-
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Beneficiario |
| Se denomina en modo general a la persona física que es sujeto de una prestación médica o sanatorial conforme al Plan de Cobertura Médica contratado. | |
| 2- | Beneficiario Titular |
| Es la persona física que contrata uno de los planes de cobertura médica. | |
| 3- | Beneficiarios adicionales o adherentes |
Se denomina así a los familiares
del Beneficiario Titular y que forman parte de su grupo familiar. |
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| 4- | Contempladas |
| Designa al conjunto de prestaciones médicas contemplados en el/los Plan/es ofrecidos por la Empresa , según el plan elegido y a los que tiene derecho, mediante el pago de una cuota mensual. | |
| 5- | Anexo |
Documento adicionado al Contrato que aclara,
explica, amplia o modifica el mismo. |
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| 6- | Período de Carencia |
| Es el tiempo que debe transcurrir a partir del día de aceptación de su incorporación como beneficiario para gozar de los distintos servicios contemplados en el Plan contratado. Durante este período los servicios sujetos a carencia de cobertura se beneficiarán con Aranceles Preferenciales. | |
| 7- | Prestadores habilitados por MEP |
| Son los profesionales médicos con los cuales Mep ha convenido un contrato, cuyos nombres, domicilio y número telefónico se encuentran detallados por especialidad en la Guía de Prestadores, y ante quienes el beneficiario puede acudir a su libre elección y de conformidad al Plan de Cobertura médica contratado. | |
| 8- | CO-PAGO |
| Es el monto diferencial que el beneficiario debe abonar al prestador en convenio al momento de recibir una prestación que no cuenta con cobertura total. Este monto puede ser un porcentaje del costo de la prestación o un valor fijo. | |
| 9- | Arancel Preferencial(A.P.) |
| Es el valor establecido en convenio con los profesionales médicos e instituciones prestadoras de servicios, respecto de una prestación que no cuenta con cobertura. Este Arancel en todos los casos será de cargo del Beneficiario en su totalidad. Para acceder al mismo, se debe consultar las condiciones con nuestro Dpto. Médico. | |
| 10- | Enfermedades Congénitas |
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Cualquier desorden existente al momento
o antes del nacimiento, independientemente de la causa o de la época
de manifestación de la misma, en el momento del nacimiento, después
del nacimiento o años después. |
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| 11- | Afección Preexistente |
| Aquellas enfermedades o anormalidades de tratamiento médico y/o quirúrgico, así como sus complicaciones, las que por su historia natural requieren para su desarrollo de un período de tiempo científicamente preestablecido, que puede evolucionar en forma oculta, libre de síntomas y que existan antes de la incorporación del beneficiario a la presente cobertura. | |
| 12- | Enfermedades Crónicas |
| Son aquellas persistentes o que continúan durante un período de tiempo igual o superior a 6 semanas. | |
| 13- | Emergencia |
| Toda aquella patología que afecta en forma directa la vida o integridad física del paciente. | |
| 14- | Tratamiento de Emergencia |
| Tratamiento médicamente necesario debido a una emergencia. | |
| 15- | Urgencia |
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Toda aquella patología que no representa
un riesgo eminente vital, pero que al no ser revertida en un lapso mínimo
de 30 a 45 minutos, pudiera convertirse en una emergencia. |